Uni3.Clase7


Unidad III

Clase: 7

Legislación y protección al patrimonio guatemalteco



A partir del año de 1946, la República de Guatemala cuenta con una legislación específica para la protección y conservación de los monumentos, objetos arqueológicos, históricos y típicos, es decir que desde ese entonces ha habido preocupación de los organismos del Estado por conservar y preservar el Patrimonio Cultural de los guatemaltecos.

En 1986 se establece en Guatemala el Ministerio de Cultura y Deportes como la institución gubernamental del Estado de Guatemala responsable del manejo, conservación y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación, tangible e intangible.

Durante el año de 1999 se aprobó la Ley para la Protección de Patrimonio Cultural de la Nación, que es la normativa más reciente sobre el tema y además una de las más avanzadas de América Latina.


Los artículos 2 y 3 de la mencionada Ley señalan claramente que el Patrimonio Cultural lo forman los bienes e instituciones siguientes:

Patrimonio Cultural tangible

a) Bienes Culturales inmuebles.

1. La arquitectura y sus elementos, incluida la decoración aplicada.
2. Los grupos de elementos y conjuntos arquitectónicos y de arquitectura vernácula.
3. Los centros y conjuntos históricos, incluyendo las áreas que le sirven de entorno y su paisaje natural.
4. La traza urbana de las ciudades y poblados.
5. Los sitios paleontológicos y arqueológicos.
6. Los sitios históricos.
7. Las áreas o conjuntos singulares, obra del ser humanos o combinaciones de éstas con paisaje natural, reconocidos o identificados por su carácter o paisaje de valor excepcional.
8. Las inscripciones y las representaciones prehistóricas y prehispánicas.



b) Bienes culturales muebles.

Bienes culturales muebles son aquéllos que por razones religiosas o laicas, sean de genuina importancia para el país, y tengan relación con la paleontología, la arqueología, la antropología, la historia, la literatura, el arte, la ciencia o la tecnología guatemaltecos, que provengan de las fuentes enumeradas a continuación:

1 Las colecciones y los objetivos o ejemplares que por su interés e importancia científica para el país, sean de valor para la zoología, la botánica, la mineralogía, la anatomía y la paleontología guatemalteca.

2. El producto de las excavaciones o explotaciones terrestres subacuáticas, autorizadas o no, o el producto de cualquier tipo de descubrimiento paleontológico o arqueológico, planificado o fortuito.

3. Los elementos procedentes de la desmembración de monumentos artísticos, históricos y de sitios arqueológicos.

4. Los bienes artísticos y culturales relacionados con la historia del país acontecimientos destacados, personajes ilustres de la vida social política e intelectual, que sean de valor para el acervo cultural guatemalteco, tales como:

·       Las pinturas, dibujos y esculturas originales.

·       Las fotografías, grabados, serigrafías y litografías.

·       El arte sacro de carácter único, significativo, realizado en materiales nobles, permanentes cuya creación sea relevante desde un orden histórico y artístico.

·       Los manuscritos incunables, y libros antiguos, mapas documentos publicaciones.

·       Los periódicos, revistas, boletines y demás materiales hemerográficos del país.

·       Los archivos incluidos los fotográficos, cinematográficos y electrónicos de cualquier tipo.

·       Los instrumentos musicales.

·       El mobiliario antiguo.


Patrimonio Cultural Intangible.

Son instituciones, tradiciones y costumbres. 

En el mes de marzo del año 2000 el Ministerio de Cultura y Deportes convocó a un congreso nacional para definir las Políticas Culturales de la Nación, donde se logró consensuar claramente que el Patrimonio Cultural y Natural debe constituirse como una riqueza y fuente de identidad de nuestro país. 

De su investigación, conservación y puesta en función social deben derivarse beneficios para mejorar la calidad de vida de las comunidades locales y de la población en general llegando a concluir como política rectora del Ministerio CULTURA DE PAZ Y DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE.

Para cumplir debidamente con estos procesos el MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES cuenta con una Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural que se integra con las siguientes dependencias técnicas:

·       Departamento de Monumentos
·       Programa de Conservación de Bienes Inmuebles - Procorbic
·       Centro de Restauración de Bienes Muebles -Cerebiem
·       Departamento de Registro
·       Proyectos Nacionales
·       Atlas Arqueológico de Guatemala
·       Triángulo Yaxha, Nahum Naranjo
·       Takalik Abaj
·       Parques y Sitios Patrimonio Mundial
·       Quirigua
·       Parque Nacional Tikal
·       Antigua Guatemala
·       Coordinación General de Museos Nacional
·       18 museos gubernamentales y de sitio.
·       Biblioteca nacional
·       Hemeroteca y Archivo General de Centroamérica.


La protección del patrimonio, en tanto recurso cultural de una sociedad local o nacional, es responsabilidad de cada ciudadano así como del Estado





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