Uni3.Clase6


Unidad III

Clase: 6

Valores y derechos culturales en Guatemala



Son derechos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección. Son fundamentalmente derechos humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación


¿Qué es la Cultura?
 Es el conjunto de los rasgos propios de un individuo o de una comunidad


¿Valores en la cultura?

Es demostrada a través de las costumbres y tradiciones de la gente, y esto incluye los trajes y las telas típicas, la comida, el habla, y todo lo que forma parte de la cultura Guatemalteca.

La gente del país usa sus trajes orgullosamente, con diferentes combinaciones y mezclas de colores y telas.



Identidad cultural en Guatemala

Es común esperar que la mayoría de las personas en una comunidad sientan respeto y apego hacia su país y su propia cultura. Se espera que esto suceda porque una cultura es el conjunto de formas de vida, conocimientos y expresiones de una sociedad.


Patrimonio Cultural

Antigua Guatemala
Parque Nacional Tikal
Castillo de San Felipe de Lara
Lago de Atitlan
Tamal
Chuchitos
Atol de Elote
Huipil
El Son
Baile de los marineros



Las consecuencias negativas de la falta de identificación con la cultura propia

Ocurre en muchas ocasiones, que cuando la gente perteneciente a una cultura no le da importancia a la propia, se pierde el cuidado por aspectos materiales e intangibles como el patrimonio natural, el medioambiente, el patrimonio cultural, etc. Además de ello, con una división en los valores, es más complicado que la comunidad se una y trabaje por un fin beneficioso en común.



Derechos culturales en Guatemala
El Derecho a la cultura se encuentra detallado en la Constitución Política de Guatemala, en los artículos:

Artículo 57. Derecho a la cultura. Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural y artística de la comunidad, así como a beneficiarse del progreso científico y tecnológico dela Nación.

Artículo 58. Identidad cultural. Se reconoce el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres.

Artículo 59. Protección e investigación de la cultura. Es obligación primordial de Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional; emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación; promover y reglamentar su investigación científica, así como la creación y aplicación de tecnología apropiada.

Los derechos culturales son derechos relacionados con el arte y la cultura, entendidos en una amplia dimensión.


https://youtu.be/EAu_i20MAEs

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